Publicado: Mar Jul 08, 2003 7:47 pmAsunto: LA LEYENDA DEL VIENTO DEL NORTE
A continuación publicamos un comunicado que nos ha llegado sobre la sentencia judicial del film
LA LEYENDA DEL VIENTO DEL NORTE (1.992)
a traves de la cual se reconoce la autoría única como Director a Juanba Berasategi, quien fue suplantado por los Directores Maite Ruiz de Austri y Carlos Varela.
La pelicula fue producida por ETB, Episa y Euskal Media, y estrenada en Sevilla en la Expo"92. Descatar algunos premios conseguidos como la Medalla de Oro en The Houston Film Festival en 1992, Carabela de Plata en la XXIII Semana de Cine Naval y del Mar de Cartagena, así como estreno en salas de cine francesas en veinte ciudades y distribución internacional a través del Grupo Neptuno, Nelvana y de vídeo a través de Filmax.
Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Alava, Sección 2ª con fecha 24-03-1999, declarada firme por el Tribunal Supremo, Sala de lo Civil con fecha 03-05-2001
Se encuentra en la base de datos de jurisprudencia de Aranzadi, en el apartado de propiedad intelectual: derechos de autor, presentando los hechos como vulneración de los derechos de autor por realización de copia o plagio.
FALLO SENTENCIA
Se condena solidariamente a los demandados Dª.Mª.Teresa Ruiz de Austri,D,Carlos Varela, Euskal Pictures Internacional S.A, Euskal Media S.A., representado por el letrado del Gobierno Vasco y Televisión Vasca Euskal telebista S.A.a pasar por los siguientes pronunciamientos:
1º.- Que la película "La Leyenda del Viento del Norte", producida por EPISA en coproducción con Euskal Media S.A. y Euskal Telebista S.A. y en cuyos títulos de crédito aparecen como directores-realizadores los también demandados Dª. Mª. Teresa Ruiz de Austri y D. Carlos Varela adalid ha sido objeto de usurpación de los derechos de autor que corresponden en su calidad de Director-Realizador a D. Juan Bautista Berasategui Luzuriaga, siendo en realidad la película "Balearenak", al haber renunciado éste en su día al título "La Leyenda del Viento del Norte", a cuyo fin deberán notificar dicha declaración a la dirección de los Festivales y concursos cinematográficos en los que ha participado como:
- Festival de Cine Ibero Latinoamericano y Europeo de Arcachón en Francia.
- Festival de Cine de Alcalá.
- Festival del Mercado de Televisión y Cine de Cannes en Francia.
- Festival Internacional de Cine de Animación de Cinema de Espinho.
- Semana de Cine Español de Salamanca.
- XXIII Semana Internacional del Cine Naval y del Mar celebrado en Cartagena de Murcia.
- A la Exposición Universal de Sevilla.
2º.- Proceder a la suspensión total e indefinida en el tiempo, de cualquier actividad de reproducción, distribución y comunicación y en general , cualquier medio de difusión pública a través de cualquier sistema ,ya sea conocido (proyecciones cinematográficas, televisión, video, etc),como cualesquiera otros sistemas que estén patentados o por patentar, en cualquier lugar del mundo y en cualquier lengua y versión , en la que no aparezca reconocida que "LA LEYENDA DEL VIENTO DEL NORTE" no es de la autoría de D. Juan Bautista Berasategui Luzuriaga.
3º.- Suspender la presentación en Certámenes y Festivales y Mercados, concursos, ya sea en el ámbito nacional o internacional de la película "La Leyenda del Viento del Norte", en los que no se atribuya la titularidad de los derechos de autor a D. Juan Bautista Berasategui Luzuriaga , así como inmediatamente se proceda a la retirada de dicha película de cualesquiera certámenes, festivales, concursos y mercados , ya sean nacionales o extranjeros en los que se haya presentado "La Leyenda del Viento del Norte" con la autoría de Dª. Mª. Teresa Ruiz de Austri y D. Carlos Varela.
4º.- Proceder inmediatamente a la suspensión total e indefinidamente a la exhibición ,estreno, difusión de la película "LA LEYENDA DEL VIENTO DEL NORTE" en la que no sea reconocida la autoría del actor, ya sea por cualquier sistema de difusión y ya sea en el mismo Estado español o en en el extranjero.
5º.- Publicar en el diario de mayor difusión local y de ámbito nacional, que "LA LEYENDA DEL VIENTO DEL NORTE" ha sido objeto de usurpación por parte de D.Carlos Varela y Dª. Mª. Teresa Ruiz de Austri , coproducida entre EUSKAL PICTURES S.A., EUSKAL TELEBISTA S.A. y EUSKAL MEDIA S.A., siendo su real y originario creador D. Juan Bautista Berasategui.
6º.- Que se emita a través de los canales de TV de ámbito nacional ,autonómico y local , un comunicado en igual sentido que lo recogido en el anterior punto 5º, así como se remita comunicado a la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España en el mismo sentido.
7º.- Abonar al actor como indemnización de daños y perjuicios y en concepto de beneficio que presumiblemente hubiera obtenido, y en calidad de daños morales, la cantidad que se determinará en ejecución de sentencia, en atención a las circunstancias de la infracción, gravedad de la lesión y grado de difusión ilícita de la obra audiovisual .
8º.- Al pago de las costas procesales.
Enviado por Rafael Fdez. de CARRANZA
representante legal de Juanba Berasategi.
para Animadreams
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