Publicado: Jue Nov 04, 2004 6:51 pmAsunto: Trucos y consejos para el ilustrador autónomo
Buenas tardes amigos. Me hayo en estado de shock.
Resulta que estoy leyendome el Libro Blanco de la Ilustración, en el cual hay mucha información super densa referente a leyes, tipo de contratos, derechos de autor, etc. Muchas letras pero en mi cabeza no quedan las cosas demasiado claras, sobre todo en el sentido de qué es realmente lo que se debe saber cuando quieres hacerte autónomo y vivir de la ilustración.
Supongo que todo es cuestión de ponerse a trabajar con las editoriales y ver que tipo de contratos te ofrecen, pero me da que la ley no ampara demasiado al ilustrador.
Dudas que me inquietan tras leer algunos capitulos del libro:
-El tanto alzado, cómo se calcula? debe constar en el contrato obligatoriamente el numero de ejemplares y el precio? esto se hace siempre? puede exigirse al contratador?
-Los derechos de autor tambien deben defenderse?
-Debería constar también que las ilustraciones no se usarán para otros soportes?
-Sería útil tener un listado de condiciones y derechos que pudieran ser aplicables a los contratos que firmemos?
En resumen, qué pautas deben seguirse a la hora de firmar un contrato y qué cláusulas debemos rechazar?
Yo aun no lo he recibido (espero ansioso... ).
lo de que la ley no ampara mucho al ilustrador..pue no, mas bien no. A la santa profesion de ilustrador no se le ampara, porque mucha gente no cree ni que exista tal profesion. Y si lo saben , tampoco le dan mayor impotancia.
A nivel de contratos, el numero de ejemplares y el precio si deberia de figurar en el contrato, tambien "Debería" de constar que las ilustraciones no se usarán para otros soportes, pues tu le haces un trabajo para un determinado medio. Lo cual no incluye que lo pueden publicar en Webs, animacion....etc. Pero todo esto lo debes de figurar tu en el contrato que te ofrezcan o en su defecto mandar que lo modifiquen.
Todo esto contando con que no has vendido su copyright. En este caso, al ser ellos propietarios legalmente de la ilustracion, pueden hacer y deshacer lo que les plazca con ello.
Estas cosas tienen que quedar muy claras en el contrato. Al llegarnos una oferta no podemos firmar lo primero que nos ofrecen, hay que leerse el contrato y una vez leido , hablar, explicar lo que incluye Y LO QUE NO INCLUYE el contrato. Que todas las ilustraciones estan registradas.....etc. Y si quiere poder total sobre ellas, tiene que pagar el copy.
El tema de rechazar contratos por clausulas...pues bueno yo personalmente tengo de unos y de otros, imagenes cedidas por contrato (copyright mio) y copyright vendido. ¿quieres vivir de esto? Pues vas a tener que ceder en unos casos y en otros no. Ceder, no significa ABUSAR. Tenemos que hacernos respetar en la profesion, pese a que si queremos vivir de ella, nos encontraremos con contratos mal redactados, que no podremos rechazar. Es asi.
Hola,por deber deberian aparecer en los contratos muchas cosas;pero efectivamente hay que CEDER mucho,sobre todo,segun mi experiencia personal,en lo referente al copyright de las ilustraciones.
Es bastante complicado que puedas seguir los pasos de tus dibujos,por lo que es muy posible que se utilicen en otras colecciones que no sean por la que has firmado el contrato.
Es triste,pero para poder conseguir trabajo hay que ceder...y en ocasiones bastante.
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