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 El ICIC catalán convoca ayudas para el desarrollo de series de animación. 
El pasado viernes, 2 de julio, aparecían publicadas en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) tres resoluciones del Instituto Catalán de las Industrias Culturales (ICIC) por las que se convocan ayudas para el desarrollo de series televisivas de animación, y para la distribución y exhibición en versión catalana de largometrajes de empresas independientes establecidas en Catalunya.

La línea de ayudas para el desarrollo de series de animación destinadas a ser emitidas por televisión cuenta con una dotación de 400.000 euros (320.000 con cargo al presupuesto del ICIC de este año, y 80.000 con cargo al del 2005), que podrá ampliarse en función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades presupuestarias. Podrán solicitar apoyos las productoras independiente que estén inscritas en el registro de empresas audiovisuales de Catalunya o establecidas en un estado miembro de la UE y con sede permanente en esa Comunidad. El importe de la subvención será del 50% del presupuesto de desarrollo de la serie, hasta un máximo de 50.000 euros, y hay una limitación de dos proyectos por productora (incluyéndose los que hayan sido subvencionados en otras convocatorias y estén pendientes de finalizar). En el caso de series que se realicen en coproducción, se distribuirá el importe de la ayuda entre las empresas coproductoras que opten a subvención, en función de su porcentaje de participación. Las empresas que soliciten la ayuda deberán, entre otros requisitos, tener garantizada la financiación completa del proyecto, y acreditar la producción de una serie o largo de animación con anterioridad a la petición (si bien este requisito se obviará cuando la productora acredite la participación en el desarrollo de una cadena de televisión que emita en abierto en todo el territorio de Catalunya). El gasto en la producción y postproducción deberá realizarse en Catalunya, como mínimo en la misma proporción que la inversión catalana en el proyecto. El plazo de presentación de solicitudes (que deberá incluir, entre otras cosas, la memoria del desarrollo de la serie) se extiende hasta el 1 de diciembre próximo. El modelo de solicitud se puede obtener en la dirección de Internet http://cultura.gencat.net/icic.

En cuanto a las ayudas a la exhibición en versión catalana de largometrajes producidos por productoras independientes establecidas en Catalunya, contarán con una dotación máxima de 40.000 euros (ampliable en función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades prespuestarias). Van dirigidas a grupos de exhibición inscritos en el registro de empresas audiovisuales de Catalunya o establecidos en un estado miembro de la UE y con sede permanente en Catalunya, y los apoyos consisten en una cantidad por entrada vendida durante los diez primeros meses de exhibición del filme en la sala objeto de la solicitud, con un máximo de 60 céntimos de euro por entrada vendida (70 céntimos si dicha película ha ido acompañada de un corto de producción catalana no anterior al año 1999 y también en versión catalana), y con un máximo de 6.000 euros por largo. Los filmes han de haber iniciado su exhibición en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2003. Las solicitudes podrán presentarse hasta el 3 de septiembre. Finalmente, las ayudas a la distribución en versión catalana de largos producidos por productores independientes establecidos en Catalunya cuentan con una dotación económica máxima de 40.000 euros (ampliables, al igual que las anteriores). Pueden solicitarlas las distribuidoras de la UE inscritas como tales en el correspondiente registro de empresas audiovisuales, y pueden ser pedidas para largos estrenados entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2003. Las subvenciones consisten en una cantidad por entrada vendida durante los diez primeros meses desde el estreno del largo de 60 céntimos de euro (sin considerar los primeros 36.000 euros de recaudación). El importe máximo de la ayuda es de 12.000 euros por largo. Los requisitos para solicitar la ayuda es que la película se haya estrenado en un mínimo de diez poblaciones de Catalunya de no menos de 45.000 habitantes o capitales de comarca (y, en cualquier caso, en Barcelona) y haber solicitado certificados de calificación para un mínimo de cinco copias para el estreno en versión catalana. El plazo de solicitud de ayudas concluye el 3 de septiembre.

Fuente: www.porlared.com

Enviado el Viernes, 09 julio a las 18:11:33 por webmaster



 
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